Homologación de Vehículos eléctricos importados
Los aranceles que se modifican para efectos del decreto son los siguientes:
- Vehículos eléctricos nuevos para el transporte de diez o más personas, incluido en el conductor.
- Automóviles eléctricos nuevos de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de personas, incluidos los vehículos del tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras.
- Vehículos eléctricos nuevos para el transporte de mercancías.
GCORP con una experiencia de más de 15 años en el sector automotriz, ofrece asesoría especializada para un proyecto de homologación “Llave en mano” que le permitirá realizar la importación y comercialización de vehículos eléctricos en México, cumpliendo con toda la normatividad en materia de propiedad intelectual, emisiones, seguridad automotriz, marcaje de identificación y en general, todos los registros legales necesarios.
Importación de baterías como refacciones para vehículos eléctricos
La hoja de Datos de Seguridad de Materiales o Ficha de Seguridad por sus siglas MSDS (Material Safety Data Sheet), es un importante documento que de manera muy completa informa acerca de las precauciones requeridas y las medidas a tomar en casos de emergencia respecto a los productos comúnmente llamados peligrosos.
Este documento esta regulado por la norma internacional estadounidense OSHA Norma 29 CFR 1910.1200, europea REACH Reglamento (CE) N° 1907/2006 y la NOM-018-STPS-2015.
En la regulación UNE 38.3 Baterías de Metal Litio y de Ión Litio se presentan los procedimientos que han de seguirse para la clasificación de las pilas y baterías de metal litio y ión litio.
GCORP le asesora en México, o a través de su oficina de representación en Shanghái, China, para certificar en laboratorio chino acreditado y reconocido, los módulos de las baterías automotrices, para obtener las certificaciones previas al embarque y transporte, garantizando la aceptación de las navieras o líneas aéreas, por la seguridad de estos productos peligrosos.